
Cómo anular el seguro de salud
Lo dice el anuncio de la lotería, los jerséis de renos y los villancicos. Lo dicen los escaparates de las tiendas y también lo gritan las luces de Vigo. Diciembre está al caer y, además de anuncios de juguetes y turrón, verás por todos lados ofertas y promociones en seguros médicos. Mientras decides si escribir a Papá Noel o a los Reyes Magos, piensa seriamente en echar un ojo a lo que tienes contratado por si la carta que tienes que enviar es para anular el seguro de salud. ¡Ha llegado la hora de renovar!
Al final del año toca echar la vista atrás y repasar cómo han sido los últimos 365 días. Comprobar que has cumplido tus objetivos, que el trabajo te llena, que la familia sigue bien y, ¿por qué no?, comprobar si tu seguro médico ha estado a la altura de tus expectativas. ¿No ha funcionado como esperabas? Respondemos a cuestiones que pueden serte de utilidad si tienes que anular el seguro de salud al llegar la renovación.
¿Por qué en diciembre?
De forma general este tipo de seguros vencen – o se renuevan – a fecha 31 de diciembre. Esa es la razón por la que las ofertas, promociones y anuncios de estos productos aparecen hasta en la sopa cuando entramos en la recta final del año.
¡Cuidado! Decimos “de forma general” porque existen productos que funcionan de forma diferente y, si lo has contratado en mayo, será en mayo del año siguiente cuando se termine. Revisa tu contrato, busca la fecha de vencimiento y ese será el día en que te toca renovar.
¿Cuál es el plazo para anular el seguro?
Una vez has comprobado la fecha en la que se termina tu seguro no debes olvidar el procedimiento a seguir. Revisar las coberturas, el tipo de producto y las peculiaridades de tu contrato de seguro. Buscar opciones en el mercado y compararlas con lo que ya tienes. Dejarse querer por la competencia si es para mejorar. ¡Y cumplir con tu actual compañía para no meterte en un fregado innecesario!
Devolver el recibo sin avisarles que has encontrado una opción mejor y has decidido dejarles “es mal”. Lo contamos en este artículo y lo repetimos ahora. Si anteriormente lo normal era que tras un par de llamadas anulasen el contrato, hoy lo más probable es que te enfrentes a una reclamación judicial.
¿Qué debes hacer? ¡Avisar con un mes de antelación! Tienes 30 días para informar por escrito que has decidido NO contar más con sus servicio. Hazlo preferiblemente de forma que quede constancia para que, si ocurre algo, puedas demostrar que has seguido los pasos que te exige la Ley.
¿Qué ocurre con los plazos de carencia si te cambias?
El plazo de carencia es el tiempo que ha de pasar entre que contratas el seguro y puedes usar algunas de sus garantías. Son muy habituales en los seguros de salud como medida para evitar que optemos por contratar cuando necesitamos hacer una prueba diagnóstica, un tratamiento carísimo o ante un embarazo, por ejemplo.
¿Se pueden evitar? ¡SÍ! Y uno de los momentos en los que es posible es este. Tu nueva aseguradora puede eliminar los plazos de carencia si decides cambiarte de compañía. ¡Solo tendrás que demostrar que, efectivamente, ya contabas con un seguro médico!
Hay otra situación en la que se anulan dichos plazos. En caso de urgencia vital las carencias NO FUNCIONAN.
¿Cómo aumentará el precio los próximos años?
Promociones y ofertones que no podrás rechazar pueden traerte por el camino de la amargura el día de mañana.
Antes de anular tu seguro actual y aceptar uno nuevo con un descuento espectacular debes saber cómo funciona y qué pasará al año siguiente. Es importante que te informes si es aplicable solo la primera anualidad, si desaparecerá progresivamente en los próximos años o si es para siempre.
Y si utilizas los servicios contratados de forma frecuente ¿qué ocurre? ¿Subirá mucho el seguro en la siguiente renovación? Es importante que conozcas si habrá consecuencias y el coste de hacer un uso habitual del seguro. ¡Lo barato, a veces, sale caro!
¡Ojo si has enfermado!
Si sufres una enfermedad que tu seguro actual cubre, porque antes de contratarlo no la tenías, piénsalo bien e infórmate aún mejor. ¿La nueva compañía va a cubrir esa enfermedad? Confirma que no van a darte calabazas y que vas tener cobertura por ese tema. ¡Y hazlo antes de decirle a tu aseguradora que te vas!
Cambios en los últimos años
¿Sabías que antes de los cambios de la Ley de Contrato de Seguro de 2015 la compañía de seguros podía anular el seguro si se enteraba que tu estado de salud había empeorado?
Como asegurado o tomador de seguros tienes la obligación de comunicar a la aseguradora cualquier circunstancia que suponga un mayor riesgo. En el 2015 se modifica el artículo que regula esta obligación y se añade lo siguiente:
En los seguros de personas el tomador o el asegurado no tienen obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado, que en ningún caso se considerarán agravación del riesgo
Como curiosidad, dada la cercanía del Día Mundial de la Lucha contra el Sida, te contamos otra modificación. Hace unos meses un cambio en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios puso fin a la discriminación que sufrían las personas portadoras del virus del VIH en la contratación de seguros. ¿Cómo? Prohibiendo que la aseguradora excluya a una persona por la simple razón de tener VIH.
¿Sigues teniendo dudas sobre tu seguro de salud? Recuerda que en el Área Privada tienes un montón de info para revisar tus seguros y dar respuesta a las consultas más frecuentes. ¡Y no olvides seguirnos en Facebook e Instagram!
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