Podríamos contarte mil historias terroríficas de Halloween pero pocas que den tanto miedo como recibir una factura el día del entierro de un ser querido. Por sorprendente que parezca, puedes encontrarte con que el dinero del seguro de decesos es insuficiente. ¿Debes abonar estas facturas cuando llevas toda la vida pagando religiosamente?
“Después de tantos años ya he pagado dos o tres entierros” – pensarás. ¿Pueden pretender cobrar por algo que consideras que has pagado con creces? ¿Cuáles son tus derechos si has cumplido con la aseguradora cada mes de cada año? ¿Pueden, llegado el momento de la verdad, decir que el dinero del seguro de decesos es insuficiente?
El capital asegurado y la descripción de servicio, conceptos clave
Un seguro de decesos sirve para cubrir los gastos del servicio funerario si fallecemos o fallece un ser querido. Para eso, es necesario que en el contrato figure el capital asegurado, que es la cantidad de la que disponemos para afrontar los gastos del “entierro”.
El otro concepto de vital importancia para el tema que tratamos hoy es la descripción del servicio. En este apartado se detallan las partidas que van a componer ese servicio. Encontraremos, entre otras: el tanatorio, la incineración, el arca, las esquelas y coronas de flores o los servicios religiosos.
¿Por qué es tan importante la descripción del servicio funerario en el contrato?
En los seguros de decesos, los aumentos de precio pueden estar causados por varios factores. De entre todos, destacan dos: la edad y los aumentos del coste del servicio asegurado.
Poco que decir en lo que a la edad se refiere, cuantos más años cumplimos más cerca estamos de mudarnos al otro barrio, por lo que el precio aumenta irremediablemente.
Pero ojo a lo que ocurre con el aumento del coste de servicio:
1) Las bases técnicas de los seguros de decesos deberán reflejar las modificaciones en la cobertura del asegurador ante evoluciones del coste de los servicios funerarios. Se consideran servicios funerarios los de sepelio y cualesquiera otros, directa e íntimamente relacionados con el fallecimiento del asegurado, que se presten a sus allegados y cuya realización no tendría objeto si no fuera con ocasión del fallecimiento del asegurado.
2) Las bases técnicas deberán garantizar que el coste del servicio considerado será suficiente en el momento en que comience la cobertura del seguro. Asimismo deberán establecer el mecanismo para mantener actualizado dicho coste en todo momento en función de los incrementos esperados del mismo. Igualmente deberán contemplar la adaptación de las primas a las posibles variaciones en el coste de los servicios.
En cristiano, las compañías deberán actualizar el capital asegurado, para que sea suficiente cuando debamos hacer uso del seguro. Así, deberá revalorizarse cada cierto tiempo – normalmente cada año – y, además, incrementarse cuando los servicios sufran un aumento extraordinario. Un ejemplo de aumento extraordinario lo encontramos en la subida del IVA de los servicios funerarios del 2012. Pasó del 8 al 21%, lo que obligó a adaptar los capitales asegurados en los seguros de decesos.
Tipos de subidas del capital asegurado
Obviamente, aumentar el capital significa aumentar también el precio que pagarás por el seguro, pero hay que diferenciar entre una subida y la otra:
✎ Los aumentos periódicos de capital – y de precio – suelen venir reflejados en el contrato. Por lo tanto NO será necesaria nuestra aceptación para que la compañía pueda aplicarlas.
✎ Los aumentos extraordinarios, sin embargo, no están pactados de antemano. Por esta razón la aseguradora debe informarte con dos meses de antelación. Puedes no aceptar el nuevo capital propuesto pero, si tomas esa decisión, te arriesgas a tener que abonar, tú o tus familiares, una parte del coste real del entierro.
¿Qué ocurre si en el momento de necesitarlo, el dinero del seguro de decesos es insuficiente?
Llegamos al meollo de la cuestión.
Lo normal, cuando algo pasa, es que todo se desarrolle sin incidentes. Llamas al seguro, informas de lo que ha ocurrido y se encargan de todo para que puedas dedicarte a lo que realmente te apetece en ese momento, pasar el trago.
¿Y si no es así? Puedes encontrarte con la desagradable sorpresa de que el dinero del seguro de decesos es insuficiente, por diferentes circunstancias:
✘ NO has aceptado las subidas propuestas por la aseguradora. Como comentábamos anteriormente, puede pasar si te has negado en alguna de las renovaciones a actualizar el capital. Si es tu caso, te adelantamos que poco puedes hacer para no abonar la diferencia.
✔ Has aceptado las subidas propuestas y el servicio funerario se ha ceñido a lo contratado. Si, aún así, pretenden que te hagas cargo de alguna factura que en teoría está cubierta. ¡OJO! La aseguradora estaba obligada, durante la vida del contrato, a ir adecuando el capital al coste real del servicio. Si, por ejemplo, tu contrato es muy antiguo y se ha quedado desactualizado o te ves en alguna otra situación donde la insuficiencia no es tu responsabilidad ¡reclama!
Y no olvides que, si no sabes como hacerlo, en El Asegurado Enterado podemos ayudarte.
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