
¿Qué seguros te cubren como pasajero de un barco turístico?
Las esperadas vacaciones han llegado. Viajes, aventuras y experiencias por vivir que, en muchas ocasiones, no están libres de riesgos. El susto que se llevaron los ocupantes de un barco de paseo en las Rías Baixas hace unos días nos lo recuerda. ¿Cómo estás protegido en estas situaciones? ¿Qué seguros te cubren como pasajero de un barco turístico?
Cuando en medio de las vacaciones compras los billetes para dar un paseo en barco, lo último que piensas es que el viaje se puede torcer. ¿Qué posibilidades hay de que te ocurra a ti? Pocas, pero, por si la suerte decide que lo que te toque no sea la lotería, te contamos qué seguros te cubren como pasajero de un barco turístico.
¡Los sustos, con info, son menos sustos!
El SOV
El Seguro Obligatorio de Viajeros – SOV para los amigos – es imprescindible para poder dedicarse al transporte colectivo de personas. Cualquier medio de transporte público debe tenerlo contratado y no porque lo digamos nosotros, ¡lo dice la Ley!
Cuando compras un ticket para subir al bus, también estas comprando este seguro. Lo mismo si viajas en avión, si te decides por el tren, si te atreves con el teleférico o si lo que te apetece es darte una vuelta en un catamarán.
Lo que incluye tu billete es un seguro de accidentes que te protege de las lesiones que sufras por un choque, un incendio, una explosión o cualquier otra serie de catastróficas desdichas que te toque sufrir como pasajero.
El fallecimiento, la invalidez permanente, la incapacidad temporal y la asistencia sanitaria son las garantías a las que te da derecho este seguro obligatorio.
¿Quiere decir esto que no puedes reclamar nada más?
NO.
La misma Ley de la que hablamos antes dice un par de cosas interesantes:
– Que el SOV es compatible con cualquier otro seguro contratado por el viajero o a él referente. Por lo que podrás también reclamar si tienes contratado algún otro seguro de accidentes, de vida o similar.
– Y que el SOV no libera a la empresa, los conductores o a terceros de la responsabilidad civil en que, dolosa o culposamente, pudieran incurrir por razón del transporte de personas, ni las prestaciones satisfechas por razón de dicho seguro reducen el importe de la expresada responsabilidad. ¿Qué, qué? Pues que una cosa no quita la otra y que te paguen la indemnización que te corresponde por el SOV no les libera de la responsabilidad civil, ni reduce la cantidad que pueda corresponderte por ese concepto. ¡Puedes reclamar ambas!
¿Qué pasa con los daños materiales? ¿Quién repone tus cosas?
¿Qué ocurre con las cosas que has perdido en el accidente? El teléfono, la cámara que te acababas de comprar para el viaje, las gafas, el dinero, la documentación…
Las probabilidades de que te quedes sin tus pertenencias aumentan cuanto más grave sea el accidente y, en un incendio en medio del mar, no pueden ser más altas. Lo primero es salvar la vida pero, una vez estás a salvo, ¿quién paga la fiesta?
La responsabilidad civil, una vez más, sale a relucir en este blog. ¿Su finalidad? Reparar el daño causado a la víctima e intentar dejarla en la misma situación en que se encontraba antes. Esto incluye, además de tus lesiones, compensarte por los bienes materiales que has perdido, se han estropeado o han quedado destruidos.
¿Y el barco?
¿Te pica la curiosidad? Un barco de paseo, un catamarán o cualquier otra embarcación de este tipo cuesta un dineral. ¿Quién apechuga con los desperfectos y paga la reparación o repone el barco si ha quedado inservible? Donde hay un riesgo hay la posibilidad de contratar un seguro y, en este caso, no iba a ser menos.
El Seguro de Cascos o Seguro del Buque, aunque no le evitará el susto, salvará el bolsillo de su propietario.
¡Viaja, disfruta las vacaciones y hazlo con información!
Y, si podemos ayudarte en algo, contacta con nosotros ¡o adéntrate en el lado enterado de la vida en nuestras redes sociales!