Si conduces un coche, una moto, una bicicleta o un patinete eléctrico, hay cambios importantes que deberías conocer antes del 1 de octubre de 2026.

El Gobierno ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de adaptar unas normas que, en muchos aspectos, se habían quedado ancladas en otra época. Cuando se aprobó el reglamento vigente, los patinetes eléctricos ni existían, el reparto a domicilio en bicicleta era algo excepcional y apenas se hablaba de movilidad sostenible.

Hoy en las calles conviven peatones, bicicletas, motocicletas, vehículos de movilidad personal, coches, autobuses y vehículos de reparto. Esa convivencia hace necesario actualizar las reglas del juego, así que en El Asegurado Enterado vamos a traducir el lenguaje jurídico para que entiendas qué cambia realmente y por qué deberías prestarle atención.

¿Por qué se modifica el Reglamento?

El objetivo principal es mejorar la seguridad de quienes tienen más posibilidades de sufrir lesiones graves en un accidente.

Hasta ahora el reglamento estaba pensado principalmente alrededor del automóvil. Sin embargo, en los últimos años el uso de bicicletas y patinetes se ha disparado, las motocicletas representan un porcentaje importante de la movilidad urbana y cada vez existen más espacios compartidos entre distintos usuarios.

Por eso la nueva normativa pone el foco en los llamados usuarios vulnerables.

¿Qué son los usuarios vulnerables?

Es un concepto que escucharás mucho a partir de ahora.

Se consideran usuarios vulnerables aquellas personas que, por las características del vehículo que utilizan o porque directamente no disponen de una estructura de protección, tienen un riesgo mucho mayor de sufrir lesiones en caso de accidente.

Entre ellos se encuentran:

  • Los peatones.
  • Los ciclistas.
  • Los motoristas.
  • Los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

La reforma gira alrededor de la idea de que quien conduce un vehículo con mayor capacidad para causar daños tiene también una mayor responsabilidad para evitar poner en peligro a quienes están menos protegidos.

Los patinetes en el punto de mira

Si tienes un patinete eléctrico, probablemente ya te habrás dado cuenta de que 2026 está siendo el año de los vehículos de movilidad personal. Primero llegó el Registro de VMP, después el seguro obligatorio, y ahora le toca el turno al Reglamento General de Circulación, que incorpora nuevas obligaciones para sus usuarios.

A partir del 1 de octubre, se establece una edad mínima de 15 años para conducir un vehículo de movilidad personal en todo el territorio nacional. También pasa a ser obligatorio el uso del casco para todos los usuarios.

Además, cuando circules de noche o en condiciones de baja visibilidad, deberás llevar las luces encendidas y utilizar prendas o elementos reflectantes para hacerte visible. En el caso de los riders que utilicen un patinete para trabajar, el chaleco reflectante será obligatorio tanto de día como de noche.

Otra novedad es que, fuera de los núcleos urbanos, los VMP solo podrán circular por vías ciclistas o carriles bici.

Lo cierto es que cada vez existen más normas para los patinetes eléctricos. Con ellas se busca unificar la regulación en todo el territorio y mejorar la seguridad de unos vehículos que ya forman parte del tráfico diario.

Más protección y nuevas obligaciones para los ciclistas

Los ciclistas también son protagonistas de esta reforma. Además de reforzar su protección frente al resto de vehículos, el nuevo Reglamento incorpora algunas obligaciones pensadas para mejorar su seguridad.

Una de las principales novedades es que el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas que circulen por vías interurbanas, desapareciendo las excepciones que existían hasta ahora. En el caso de los riders que utilizan la bicicleta para trabajar, deberán llevar casco y chaleco reflectante durante toda su jornada.

También cambia la forma de circular. A partir de ahora, los ciclistas deberán hacerlo preferentemente por el centro del carril, una medida con la que se pretende aumentar su visibilidad y reducir adelantamientos demasiado ajustados.

Por último, el Reglamento abre la puerta a que, en calles de un único carril por sentido limitadas a 20 km/h o menos, los ayuntamientos puedan autorizar, mediante la señalización correspondiente, que las bicicletas circulen en ambos sentidos.

Si vas en moto, ojo al equipamiento

Las motocicletas siguen siendo uno de los vehículos con mayor índice de lesiones graves en caso de accidente. Por ello la reforma incorpora varias novedades que afectan a la forma de circular y al equipamiento obligatorio.

A partir del 1 de octubre, tanto el conductor como el pasajero deberán llevar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas, y el calzado cerrado será obligatorio en cualquier tipo de vía.

Otra novedad afecta a los atascos. Cuando esté expresamente permitido mediante señalización, las motocicletas podrán circular por el arcén para superar una retención, aunque la velocidad máxima a la que podrán hacerlo es de 30 km/h.

También hay cambios para los ciclomotores, cuyos conductores deberán utilizar cascos homologados, desapareciendo la posibilidad de usar únicamente cascos certificados.

Y si trabajas como rider en moto o ciclomotor, deberás llevar siempre un chaleco reflectante mientras realizas tu actividad.

Cambios que te afectan si conduces un coche

Aunque buena parte de la atención se la han llevado los patinetes, los conductores también tendrán nuevas obligaciones.

Adelantar a un ciclista exigirá todavía más precaución

Si eres de los que piensa que adelantar a un ciclista consiste simplemente en dejarle un poco de espacio, ojo, porque las reglas cambian.

A partir del 1 de octubre de 2026, si adelantas a un ciclista en una vía interurbana, tendrás que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Además, si la carretera tiene dos o más carriles en tu sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para adelantar, siempre que pueda hacerse con seguridad, y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Otra novedad es que, si alcanzas a un ciclista y aún no puedes adelantarlo, deberás mantener una distancia mínima de 5 metros, evitando circular pegado a él mientras esperas el momento adecuado.

Más protección para los vehículos inmovilizados y nuevas normas en caso de nieve o retenciones

Cuando rebasas un vehículo inmovilizado por una avería, un accidente o trabajos de mantenimiento, tendrás que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros. Al otro lado puede haber una persona cambiando una rueda, colocando un triángulo o reparando una avería a escasos centímetros de los coches que pasan.

Y hay más novedades. Si nieva y circulas por una autopista o autovía, se acabó adelantar. Todos los vehículos deberán permanecer en el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los servicios de emergencia y a las máquinas quitanieves.

¿Y qué pasa si te quedas atrapado en un atasco? A partir de ahora habrá que crear un carril de emergencia, apartándose hacia los lados de la calzada para que ambulancias, bomberos o policía puedan llegar cuanto antes donde se les necesita.

Un pequeño gesto que, cuando alguien está esperando una ambulancia, puede marcar la diferencia.

El cinturón de seguridad pasa a ser obligatorio para todos

Hasta ahora existían algunos supuestos en los que conductores de taxis, vehículos de autoescuela o determinados vehículos de mercancías podían estar exentos de utilizarlo. Con la nueva normativa, esas excepciones desaparecen y el cinturón deberá llevarse puesto en todo momento.

La única excepción que se mantiene es la de los sanitarios que viajan en la parte asistencial de una ambulancia atendiendo a un paciente durante el traslado.

¿Y todo esto puede afectar a tu seguro?

No de la forma que mucha gente piensa.

Existe la creencia de que, si tienes un accidente y has incumplido una norma de circulación, automáticamente la culpa es tuya. Pero no funciona así.

Haber estacionado incorrectamente o superar un límite de velocidad no te convierte, por sí solo, en responsable de un accidente. Para determinar la responsabilidad hay que analizar cómo ocurrió el siniestro y si ese incumplimiento tuvo relación con él.

Imagina que adelantas a un ciclista sin respetar la distancia de seguridad y, como consecuencia, se produce un accidente. En ese caso, ese incumplimiento sí puede ser un elemento importante para determinar cómo ocurrió el siniestro y quién fue el responsable.

En otras palabras, una infracción de tráfico y la responsabilidad en un accidente no son lo mismo. Aunque en algunos casos puedan estar relacionadas, una no implica automáticamente la otra.

Más allá de las multas

Es fácil quedarse con titulares como «casco obligatorio», «nuevas normas para los patinetes» o «más obligaciones para los motoristas». Pero si algo demuestra esta reforma es que la forma de movernos ha cambiado, y las normas también tenían que hacerlo.

Hoy compartimos la carretera con ciclistas, motoristas, peatones, patinetes eléctricos y vehículos cada vez más distintos entre sí. El nuevo Reglamento intenta ordenar esa convivencia y reducir el riesgo para quienes tienen menos protección en caso de accidente.

En El Asegurado Enterado seguiremos haciendo lo de siempre: traducir los cambios legales a un lenguaje que cualquiera pueda entender y contarte no solo qué dice la norma, sino cómo puede afectarte en tu día a día y, por supuesto, a tus seguros.

Porque conocer las reglas nunca está de más, pero entenderlas puede ahorrarte muchos problemas.

💡¿Quieres estar al día de todas las novedades del mundillo de los seguros?
📩 Déjame tu email y conviértete en un Asegurado Enterado 

WeCreativez WhatsApp Support
Envíanos cualquier consulta que tengas, te responderemos lo antes posible. Estamos para ayudarte.
? ¡Hola! ¿En qué puedo ayudarte?
×