Si eres propietario y tienes pensado alquilar tu vivienda, seguro que en algún momento te has preguntado: ¿Y si el inquilino no me paga? Por suerte, existen los seguros de impago de alquiler, una herramienta que promete protegerte en caso de susto. Pero, ¿realmente cubren lo que dicen? ¿Hay trampas o exclusiones que puedan pillarte por sorpresa?

Después de investigar a fondo y revisar en detalle lo que incluyen (y lo que NO), aquí tienes un análisis para que sepas qué cubre un seguro de impago de alquiler.

Coberturas. Qué cubre un seguro de impago de alquiler

Un seguro de impago de alquiler no es solo un seguro que cubre rentas impagadas. También ofrece otras garantizando que pueden salvarte de un problema. Eso sí, debes conocer sus condiciones y límites.

Impago de alquileres

Tu inquilino deja de pagar y tú sigues con la hipoteca, las facturas y con ganas de llorar. El seguro se hace cargo de las rentas pendientes, pero OJO:

No puedes reclamar el dinero sin más, primero tendrás que iniciar la reclamación de las cantidades que te deben o el procedimiento judicial de desahucio. ¡No vale solo con quejarse!

Algunas compañías pueden adelantar las rentas sin esperar al juicio, pero otras no sueltan un euro hasta que exista una resolución judicial.

Dependiendo de la póliza, el seguro cubrirá un máximo de mensualidades impagadas que puede variar entre 6 y 18.

Defensa jurídica. Te acompaña en todo el proceso

Tal vez al leer que el seguro exige una reclamación o proceso judicial, pienses: “Aquí está la trampa. No voy a poder cobrar.” Pero tranquilo, porque estos seguros suelen incluir la defensa jurídica. ¿Qué significa esto?

  • Asesoramiento legal desde el minuto uno: Si el inquilino se retrasa, puedes llamar a la asistencia jurídica del seguro. Ahí te explicarán qué hacer y qué opciones tienes.
  • Reclamación formal de rentas impagadas: El seguro se encargará de enviar una reclamación formal al inquilino que, a veces, es suficiente para que pague.
  • Gestión del desahucio y reclamación judicial: Si el inquilino sigue sin pagar, el seguro se hace cargo del proceso legal completo, incluyendo la petición de desalojo.

💡 Resultado: Si todo va bien, recuperas tu piso sin haber gastado un euro en abogados.

Defensa Jurídica: No Solo en Caso de Impago

Además de ayudarte con el desahucio y la reclamación de rentas impagadas, el seguro puede echarte una mano con otros problemas legales relacionados con la vivienda, como:

  • Problemas con otras aseguradoras.
  • Defensa de derechos como consumidor.
  • Reclamaciones por servicios de reparación.
  • Conflictos con la comunidad o los vecinos.

Impago de suministros

Es más que probable que el inquilino, además de no pagar el alquiler, deje otras facturas pendientes como el agua, la luz o el gas, y el seguro podría cubrirlas. Pero solo si:

  • Está bien detallado en el contrato de alquiler.
  • Las facturas están a tu nombre y puedes demostrar el impago.

💡 Ejemplo: Si el contrato no menciona nada sobre los suministros, el seguro no se hará cargo de estas facturas.

Actos vandálicos y daños a la vivienda

Terminado todo el proceso y una vez has recuperado la vivienda, puede que el inquilino haya dejado el piso como si hubiera pasado un huracán. ¿Qué ocurre en ese caso?

El seguro puede cubrir los destrozos, tanto al continente como al contenido PERO casi siempre hay franquicia y suelen excluirse algunas cosas como las pintadas o la rotura de cristales.

Además, si el inquilino no devuelve las llaves, el seguro puede cubrir el cambio de cerraduras hasta un límite.

💡 Consejo: Lee bien la póliza para saber qué tipo de daños cubre y cuál es la franquicia.

Requisitos para Contratar un Seguro de Impago de Alquiler

Antes de contratar un seguro de impago de alquiler, la aseguradora estudiará la solvencia del inquilino. No puedes asegurar a cualquiera, y es aquí donde muchas solicitudes se quedan fuera.

📌 Documentación que te pueden pedir:

Contrato de alquiler firmado.
Nóminas recientes del inquilino.
Declaración de la renta. (Para autónomos o si lo solicita la aseguradora).
Informe de vida laboral o contrato de trabajo. (Para comprobar su estabilidad laboral aboral).

¿Por qué hacen esto?
Las aseguradoras solo aceptan inquilinos con ingresos suficientes para pagar el alquiler. Si el alquiler supone más de determinado porcentaje de su sueldo, pueden rechazar la póliza.

💡 Consejo: Antes de aceptar a un inquilino, revisa si cumple los requisitos para poder contratar el seguro.

Exclusiones (Lo que NO te cubre ni soñando)

Impagos anteriores a la contratación del seguro

Si el inquilino dejó de pagar ANTES del inicio del seguro te toca apechugar, ya que no va a cubrir problemas anteriores.

Si el propietario la lía

El seguro se lava las manos si existe mala fe o culpa grave por tu parte

Alquileres “especiales”

Ojo porque muchos seguros no cubren alquileres turísticos o temporales, locales comerciales u otros casos como viviendas sin cédula de habitabilidad.

Detalles Importantes que NO puedes pasar por alto

📌 Requisitos para contratar: Para poder contratar el seguro vas a tener que entregar documentación que justifique la situación laboral y económica del inquilino. Contrato, declaración de la renta, nóminas…

📌 Franquicias: Algunas coberturas tienen un coste que debes asumir antes de que el seguro actúe. Por ejemplo, es habitual que la primera o primeras mensualidades impagadas el seguro no las pague o que tengas que asumir una parte de los actos vandálicos.

📌 Plazos de carencia: Algunas coberturas no entran en vigor de inmediato y puedes tener que esperar para usarlas.

📌 Límites de indemnización: Hay un tope de rentas impagadas (6, 12 o 18 meses) y puede existir un límite económico en algunas coberturas de daños.

📌 Devolución de rentas si el inquilino paga: Si el seguro te adelanta el dinero y luego el inquilino paga, debes devolverlo.

Conclusión: ¿Vale la pena contratarlo?

Un seguro de impago de alquiler puede ser un salvavidas si alquilas tu propiedad. Pero solo si sabes lo que firmas.

  • Léete bien las coberturas.
  • Pregunta por exclusiones, franquicias y plazos de carencia.
  • Asegúrate de que tu contrato de alquiler está bien redactado.

Si haces las cosas bien, este seguro te puede ahorrar muchos dolores de cabeza. Y si el inquilino deja de pagar… al menos tendrás un plan B.

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